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BOUCHET CARLOS DAVID C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra la ART demandada. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes, reconociendo que reúne los requisitos legales de validez y constituye una justa composición de derechos e intereses.

Accion especial Accidente de trabajo Acuerdo transaccional Homologacion Art Ley de contrato de trabajo Prestaciones dinerarias Honorarios profesionales Costas procesales Cuenta sueldo

Quién demanda: Carlos David Bouchet

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se trata de una acción especial por accidente de trabajo en la que las partes arriban a un acuerdo transaccional para poner fin al pleito.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado a fs. 41/42 conforme al artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, con costas a la parte demandada. Se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes y se establecieron las pautas para el pago de las prestaciones dinerarias e indemnizaciones. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Budnik expresó: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada." Los Dres. Saccardo y Rinaldi votaron por análogas consideraciones en el mismo sentido. Se regularon honorarios a los abogados Dan Ammiel Krell y Santiago Alberto Trezza Silva por la suma de $780.000 cada uno, más 10% y eventual IVA. Se regularon honorarios a la perita contadora María Rosa López por $195.000 y a los peritos psicóloga Yanina Soledad Frascone Andrietti y médico Jorge Luis Bogacz por $117.000 cada uno, con sus respectivas adiciones legales e IVA. Se dispuso que conforme el artículo 17 de la ley 27.348, todas las prestaciones dinerarias e indemnizaciones deberán ser depositadas en la "cuenta sueldo" del trabajador, creada en virtud de la ley 26.590.

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