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ZAPATA MARIANELA JOHANNA C/ SCARPITTO GABRIELA INES y otro/a S/ DESPIDO POR EMBARAZO

Se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en causa por despido por embarazo. El Tribunal de Trabajo homologó el convenio por la suma de un millón de pesos, estableciendo que la conciliación constituye un modo válido de finalizar el proceso conforme a la normativa del fuero laboral.

Homologacion de acuerdo Despido por embarazo Conciliacion Cosa juzgada Ley de contrato de trabajo Costas Regulacion de honorarios Proceso laboral Primera instancia

Quién demanda: ZAPATA MARIANELA JOHANNA

¿A quién se demanda?

SCARPITTO GABRIELA INES Y OTRO/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se promueve demanda por despido por embarazo.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el convenio celebrado entre las partes por la suma de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000), con costas a cargo de la demandada conforme al art. 24 ley 15057. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. Lombardi expresó: "Que el acuerdo celebrado entre las partes no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT." Asimismo sostuvo: "Que a esto debe agregarse también lo normado por el art. 30 de la ley del fuero que estipula que '...en cualquier estado del proceso, las partes también podrán conciliar el juicio mediante presentación escrita del acuerdo para su homologación (...) La homologación producirá los efectos de cosa juzgada'." El Tribunal concluyó: "Que siendo entonces la conciliación uno de los modos posibles de finalizar el juicio (conf. art. 309 CPCC), considero que corresponde homologar el convenio arribado entre las partes." Los Dres. Such y González Pardo adhirieron al voto precedente. Se regularon además los honorarios profesionales: Dra. MARÍA ANTONELLA ANGELINI por PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000) con adicional de ley; Dres. LUCIANO TRISTAN REDONDAS y GASTON CASAS en UN (1) JUS y UN JUS Y MEDIO (1,5) respectivamente; y perito contador SANTIAGO ALBERTO LABEYRIE por PESOS CUARENTA MIL ($40.000), con más adicional de ley.

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