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GUTIERREZ NICOLAS IVAN C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

Homologación de acuerdo conciliatorio en acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo homologó el convenio celebrado entre las partes por considerarlo una justa composición de derechos e intereses que no vulnera principios de orden público.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Gutiérrez Nicolás Iván A quién se demanda (Demandado): Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional conforme Ley 15.057 (Ley de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales). Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes mediante presentación electrónica de fecha 14/05/2026, ordenando además el pago de costas a la demandada y regulando honorarios de profesionales intervinientes. Fundamentos principales de la decisión: "Que la conciliación arribada entre la parte actora y demandada obrante en la presentación electrónica de fecha 14/05/2026 no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en los arts. 12 y 15 L.C.T." "Que la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio (art. 30 de la ley 15.057), y el convenio celebrado entre partes hace a la celeridad procesal que debe imprimirse a todo trámite en el que se ventilen cuestiones de índole alimentario, tal es el de los potenciales créditos reclamados en autos." "Que asimismo, las partes han pactado la multa aplicable en caso de que se incumpla la obligación y la misma resulta proporcionada con el monto conciliado (art 790 CCC), estableciendo además, que la demandada se hará cargo de las costas originadas por la presente acción." Los Dres. Gabriele y Cáceres adhirieron al voto precedente, compartiendo sus fundamentos.

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