Logo

LOPEZ DANIEL ESTEBAN C/ ACUÑA ALFREDO S/ MATERIA A CATEGORIZAR

Se declaró operada la caducidad de instancia en autos iniciados por López Daniel Esteban contra Acuña Alfredo. El Tribunal resolvió que, tras vencer el plazo de intimación sin que el actor realizara actividad procesal útil, corresponde la extinción del proceso.

Caducidad de instancia Extincion del proceso Inactividad procesal Art. 315 c.p.c.c. Intimacion Actividad procesal util Litigante moroso Plazo vencido

Quién demanda: López Daniel Esteban

¿A quién se demanda?

Acuña Alfredo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

No surge de la sentencia (materia a categorizar)

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró operada la caducidad de instancia en las presentes actuaciones, sin costas. Fundamentos principales: El Tribunal fundamentó su decisión en los siguientes términos: "Tiene dicho la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que la caducidad de la instancia es un modo de extinción del proceso que tiene lugar cuando no se lo impulsa durante el tiempo establecido por la ley. Su finalidad consiste tanto en la necesidad de sancionar al litigante moroso como en la conveniencia pública de facilitar el dinámico y eficaz desarrollo de la actividad judicial." Respecto del procedimiento seguido: "la intimación impartida en cumplimiento con lo dispuesto por el art. 315 del C.P.C.C., lo es a efectos que la actora realice dos actos, por un lado manifestar su deseo de continuar adelante con el juicio, y por otro lado, impulsar el proceso en forma adecuada, esto es, producir actividad procesal útil a los fines de su prosecución." Sobre lo ocurrido en el proceso: "Que efectivizada la intimación ordenada y notificada el día 8/5/2026 conforme lo dispuesto por el art. 315 del C.P.C.C. según ref. ley 13.986, el interesado ha guardado silencio, por lo cual, y habiendo vencido el plazo allí otorgado en el término de gracia del día 20/5/2026 (arts. 116 y 155 del C.P.C.C.), dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar." Finalmente, el Tribunal destacó que "conforme se desprende de la abundante faena reglamentaria, realizada por la Suprema Corte Provincial, la actividad judicial se encuentra en plena y total apertura, no existiendo motivo alguno, que justifique la inactividad procesal."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar