CARTASUR CARDS S.A. C/ PONCE NATALIA BEATRIZ S/ COBRO EJECUTIVO
Cobro ejecutivo por pagaré promovido por entidad financiera. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó el pago de la suma de $66.300 más intereses convenidos, rechazando la inclusión de IVA sobre los mismos.
Quién demanda: CARTASUR CARDS S.A. (entidad financiera)
¿A quién se demanda?
PONCE NATALIA BEATRIZ
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo de suma de dinero por pagaré a la vista por un monto de $66.300, más intereses y costas de la ejecución.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenando que la demandada abone a la ejecutante el monto de PESOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS ($66.300) con más los intereses convenidos desde la fecha de mora (31/03/2018) hasta el efectivo pago, con exclusión del IVA sobre los intereses, más las costas de la ejecución.
Fundamentos principales de la decisión:
El Tribunal señaló que "toda vez que la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas, vencido como se halla el plazo para hacerlo y de conformidad con lo que disponen los arts. 540 y 548 del Cód. Procesal, corresponde dictar sentencia de trance y remate."
Respecto de la solicitud de inclusión de IVA sobre los intereses, el Tribunal expresó: "...lo que implica y permite entender en consecuencia que media en dichos supuestos una imposibilidad legal de acceder a la inclusión del IVA" (Sala I de la Cámara de Apelaciones Departamental, causa n°64.737, R.S.I. 582
- 27/09/2007; causa n° 66.434, R.S.I 691
- 11/11/2008), considerando que "la acción instaurada ha sido generada por un pagaré, titulo que no admite indignaciones acerca de la causa de la obligación que subyace o da origen al documento."
Finalmente, el Tribunal determinó que "tratándose de un pagaré a la vista y en el que se ha pactado el interes a aplicar, resulta justo
- al par de razonable
- que, en atención a la naturaleza de la obligación que se ejecuta, sobre el capital adeudado se liquiden los intereses convenidos, a partir de la fecha de la mora ocurrida en este caso el día 31/03/2018 (fecha de presentación al cobro) y hasta la fecha del efectivo pago, siempre y cuando no superen en su conjunto una vez y media la tasa ordinaria de descuento a 30 días -activa
- en pesos que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires."
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