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MORALES ROSALIA S/ DILIGENCIAS PRELIMINARES

Heredera promueve diligencia preliminar para acción de colación contra su hermano. El Tribunal se declara incompetente y dispone la radicación ante el juzgado del sucesorio por conexidad y economía procesal.

Diligencia preliminar Accion de colacion Competencia Fuero de atraccion Sucesion ab intestato Conexidad Economia procesal Herederos Bienes hereditarios Incompetencia

Quién demanda: Rosalía Morales, en su carácter de heredera de Catalina Randazzo.

¿A quién se demanda?

Salvador Morales, hermano de Rosalía y también heredero.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se inicia diligencia preliminar a fin de promover eventualmente juicio por colación contra Salvador Morales.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal se declara incompetente para entender en las presentes actuaciones, disponiendo que la causa sea radicada ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 7 departamental, que es el juzgado donde se tramita la sucesión de Catalina Randazzo. Fundamentos principales de la decisión: "El art. 2336 del CCYC establece que: 'La competencia para entender en el juicio sucesorio corresponde al juez del último domicilio del causante, sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección 9a, Capítulo 3, Título IV del Libro Sexto. El mismo juez conoce de las acciones de petición de herencia, nulidad de testamento, de los demás litigios que tienen lugar con motivo de la administración y liquidación de la herencia, de la ejecución de las disposiciones testamentarias, del mantenimiento de la indivisión, de las operaciones de partición, de la garantía de los lotes entre los copartícipes y de la reforma y nulidad de la partición'". "El fuero de atracción que el sucesorio ejerce entre otros supuestos, sobre 'las demandas concernientes a los bienes hereditarios, hasta la partición inclusive, cuando son interpuestos por algunos de los sucesores universales contra sus coherederos' desplaza la competencia hacia el juez del sucesorio para que entienda también en una acción de colación a él vinculada." "Teniendo en consideración el principio de que lo accesorio sigue la suerte de lo principal, así como motivos de conexidad y economía procesal", el Tribunal se declara incompetente, compartiendo el dictamen de la Secretaría de Asuntos de Extrapenales departamental. La sucesión de Catalina Randazzo se encuentra en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 7 Departamental, con declaratoria de herederos dictada el 20/8/2024 a favor de Rosalía Morales y Salvador Morales.

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