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LISTORTO DIEGO ALEJANDRO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se declara la sucesión por fallecimiento de Diego Alejandro Listorto. El Tribunal declaró herederos universales a los hijos Meka y Nicolas Daniel Listorto y a la cónyuge supérstite Zulma Laura Fernandez, conforme lo dispuesto en el Código Civil y Comercial.

Sucesion intestada Declaracion de herederos Muerte del causante Conyuge superstite Filiacion Bienes propios Gananciales Codigo civil y comercial Publicacion de edictos Herederos universales

Quién demanda: Sucesión de Diego Alejandro Listorto (trámite judicial de sucesión intestada).

¿A quién se demanda?

A los herederos legales: Zulma Laura Fernandez (cónyuge), Meka Listorto y Nicolas Daniel Listorto (hijos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración judicial de los herederos legales del causante fallecido el 10 de junio de 2022, con acreditación del vínculo matrimonial y filiación para efectos sucesorios.

¿Qué se resolvió?

Se declaró en cuanto ha lugar, sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Diego Alejandro Listorto le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Meka y Nicolas Daniel Listorto y Fernandez y su cónyuge supérstite Zulma Laura Fernandez. Fundamentos principales: "Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Diego Alejandro Listorto, ocurrido el día 10 de Junio de 2022.
- Que el causante contrajo matrimonio con Zulma Laura Fernandez, en fecha 15 de marzo de 1991 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 26/6/2025).
- Que de esa unión nacieron Meka Listorto, el día 28/11/1996 y Nicolas Daniel Listorto, el día 2/7/2001 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 26/6/2025).
- Que con la constancia de fecha 12/5/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria." La sentencia se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, acreditándose fehacientemente el fallecimiento, la relación matrimonial y la filiación de los herederos, así como la publicación de edictos sin oposición de terceros. A Zulma Laura Fernandez se le declara heredar tanto en su carácter de cónyuge supérstite como respecto de los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales.

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