COMPLEJO DON BOSCO SA C/ LARREGINA NOEMI DORA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES
Complejo Don Bosco S.A. demandó a Noemí Dora Larregina por escrituración y reajuste del precio en un contrato de compraventa. El tribunal admitió parcialmente el reajuste del saldo de precio y ordenó la escrituración condicionada al pago del mismo.
¿Quién es el actor?
Complejo Don Bosco S.A.
¿A quién se demanda?
Noemí Dora Larregina
- Objeto de la demanda: Escrituración y reajuste del precio en un contrato de compraventa inmobiliaria.
- Decisión del tribunal: Se admite el reajuste del saldo de precio y se ordena la escrituración, condicionada al pago del mismo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La relación jurídica sustancial que vincula a las partes reconoce su origen en el contrato privado de compraventa inmobiliaria celebrado con fecha 30 de junio de 2000... corresponde recordar que el art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación establece que, a partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplican a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes, pero no tienen efecto retroactivo..." "Acreditado el contrato originario, verificados los pagos efectuados en pesos a partir de la normativa de emergencia, constatado que aquellos fueron recibidos 'a cuenta de saldo' y no probado el convenio de pago invocado por la demandada, corresponde tener por acreditada la subsistencia de un saldo de precio sujeto a recomposición..." "La falta de concurrencia de la demandada al acto indicado por la actora no puede ser valorada como mora imputable en los términos necesarios para tornar operativa la cláusula penal."
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