V., I. F. S/ INCIDENTE DE LIBERTAD ASISTIDA EN CAUSA 19678 (IPP 03-05-000238-21) UFI 8 (JEP 20397)
El penado Iván Fidel Vallejos solicitó la concesión de libertad asistida, la cual fue inicialmente denegada. La Cámara de Apelaciones revocó la decisión del juez de primera instancia y concedió el beneficio, destacando la evolución positiva del interno.
Actor: Dra. María Verónica Olindi Huespi Demandado: Iván Fidel Vallejos Objeto: Concesión de libertad asistida Decisión: Se revocó la denegatoria de libertad asistida y se concedió el beneficio solicitado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La resolución recurrida carece de fundamentación, violentando lo establecido en el artículo 106 del ceremonial. Se ignoran los requisitos exigidos por la normativa aplicable para acceder a los egresos peticionados, que se encuentran abastecidos." "La libertad asistida no es sino otra forma de cumplimiento de condena, y debe prosperar cuando se reconozcan los requisitos legales, que en este caso han sido convalidados." "El informe del Servicio Penitenciario estima la viabilidad de incluir al sujeto en el beneficio de libertad asistida, y no hay valladares de peso para impedirla."
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