DU PONT ARGENTINA S.R.L. c/Dirección General de Aduanas s/recurso de amparo
La acción de amparo por mora prevista en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando se verifica una demora excesiva en el trámite de actuaciones administrativas que cause un perjuicio directo e injustificado al interesado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió un recurso de amparo por demora en la resolución de un procedimiento de repetición iniciado ante la Dirección General de Aduanas, relacionado con la solicitud de devolución de montos abonados en concepto de derechos de exportación considerados ilegítimos debido a la falta de respaldo legislativo de la normativa aplicable en el momento del pago. La controversia gira en torno a la demora excesiva en la tramitación administrativa, que superó plazos razonables, y el perjuicio que dicha demora genera para el reclamante. El Tribunal examinó la existencia de demora injustificada y el impacto en el derecho de defensa, considerando las normas del Código Aduanero, doctrina constitucional sobre plazos razonables para la resolución, y las particularidades derivadas del contexto epidemiológico vigente al momento del análisis. Asimismo, se valoró el alcance y requisitos para la procedencia de la acción de amparo por mora en el ámbito aduanero.
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