Sentencia TFN IF-2020-69957044-APN-VOCXIII#TFN
El amparo por demora en materia aduanera solo es procedente cuando existe una demora excesiva en la resolución de trámites o diligencias a cargo del servicio aduanero, previa interposición de pedido de pronto despacho y transcurrido el plazo legal si
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo por demora excesiva presentado contra la Dirección General de Aduanas (DGA), relativo a la falta de resolución sobre el pago de beneficios a la exportación correspondientes a una destinación específica. La controversia surgió por la ausencia de pago y la falta de notificación formal sobre investigación sumarial o bloqueos administrativos que impidieran el acceso a los beneficios. Se evaluaron los antecedentes administrativos del trámite, incluyendo solicitudes previas, informes internos, bloqueo y denuncia infraccional vinculada, así como las actuaciones de la Aduana para resolver o levantar dichos bloqueos. El Tribunal consideró si el amparo por mora cumplía con los requisitos legales, examinó la temporalidad de las respuestas administrativas y la continuidad del trámite durante el proceso, y analizó el alcance del carácter abstracto del amparo ante la posterior solución de la causa por parte de la Aduana.
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