Logo

INDUSTRIAS METALURGICAS PESCARMONA S.A. c/Dirección General de Aduanas s/recurso de amparo

La acción de amparo por mora administrativa prevista en el artículo 1160 del Código Aduanero procede únicamente cuando existe una demora excesiva que cause un perjuicio efectivo al normal ejercicio de un derecho o actividad del administrado.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se examinó un recurso de amparo interpuesto por una empresa contra la Dirección General de Aduanas por la demora en la resolución definitiva de un sumario infraccional relacionado con la reexportación de mercadería sin industrialización. La controversia surgió debido a la morosidad atribuida al servicio aduanero para dictar la resolución definitiva prevista en el Código Aduanero, lo que habría generado perjuicios económicos derivados de intereses y garantías administrativas. Se analizaron las actuaciones administrativas, incluyendo informes y resoluciones emitidas en el sumario, y se evaluó si la demora era excesiva y generaba un perjuicio efectivo que habilitara la procedencia del amparo, considerando además si se había producido la notificación al interesado de la resolución final. El Tribunal valoró el estado procesal del sumario, el efecto de la falta de notificación en la dilación reclamada, y las condiciones para que el remedio previsto por el artículo correspondiente del Código Aduanero sea aplicable, concluyendo sobre la abstractividad del recurso ante la existencia de resolución definitiva emitida pero no notificada.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar