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BUNGE ARGENTINA S.A. c/Dirección General de Aduanas s/recurso de amparo

El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero procede cuando existe una demora excesiva en la tramitación administrativa que cause un perjuicio en el ejercicio de derechos de la parte interesada.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se examinó un recurso de amparo interpuesto en virtud del artículo 1160 del Código Aduanero, ante la demora excesiva de la Dirección General de Aduanas en resolver un procedimiento administrativo de impugnación iniciado en 2015. La parte recurrente cuestionó la falta de notificación de una resolución definitiva durante un periodo superior a cinco años, a pesar de haber solicitado prontamente el despacho en varias ocasiones. Se analizaron los requisitos para la procedencia del recurso de amparo, en particular la existencia de una demora excesiva que cause un perjuicio en el ejercicio de derechos o actividades. También se verificó la documentación y los actos realizados durante el trámite administrativo, constatándose la ausencia de impulso en el procedimiento. El Tribunal evaluó la proporcionalidad temporal del trámite, la existencia de perjuicio derivado del retardo, y la jurisprudencia vinculada al derecho al debido proceso y a la obtención de pronunciamientos dentro de plazos razonables.

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