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TAGIAFERRO SUSANA NORMA s/impuesto a las ganancias-El Dr. Marchevsky dijo

El haber jubilatorio posee un carácter integral e irrenunciable conforme al artículo 14 bis de la Constitución Nacional, debiendo garantizarse su proporcionalidad y sustituvidad para asegurar una vida digna al jubilado.

Ganancias Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

El recurso de apelación examinado se originó en un reclamo administrativo por la retención del impuesto a las ganancias sobre el haber jubilatorio de la apelante, cuestionando su constitucionalidad conforme al precedente de la Corte Suprema. La controversia gira en torno a la afectación de principios constitucionales como la integralidad, proporcionalidad y sustituvidad de las prestaciones previsionales, analizando la compatibilidad de la normativa tributaria con los derechos de los jubilados y la protección constitucional de la seguridad social. Se evaluaron las circunstancias personales y patrimoniales del contribuyente, la lógica constitucional de la tributación sobre haberes jubilatorios y la aplicabilidad del precedente de la Corte Suprema, así como la legitimidad de distinguir contribuyentes en función de su vulnerabilidad y capacidad contributiva. El Tribunal abordó el análisis interpretativo de las disposiciones legales y constitucionales pertinentes, ponderando el alcance de la inconstitucionalidad y los límites de intervención en materia tributaria.

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