AFIP-DGI 30002/11 (AG 20) C/ S.A. LA NACION S/ MEDIDA CAUTELAR AFIP
La habilitación de feria judicial es una medida excepcional que debe concederse con criterio restrictivo y sólo cuando existan razones de inexcusable perentoriedad que justifiquen el levantamiento del receso judicial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la solicitud de habilitación de feria judicial para ordenar la remisión urgente de actuaciones administrativas aduaneras relacionadas con la sustitución de una garantía constituida mediante aval bancario por una póliza de caución electrónica. La cuestión se centró en determinar si la urgencia invocada justifica una excepción a la suspensión de funciones jurisdiccionales durante la feria, evaluando el perjuicio concreto causado por la demora y el cumplimiento de los requisitos legales para habilitar la feria conforme al reglamento aplicable. El Tribunal examinó la normativa procesal y la jurisprudencia vigente para establecer el umbral de excepcionalidad necesario, ponderó el contexto de emergencia sanitaria y resaltó la necesidad de preservar el orden jurídico y la función jurisdiccional especializada en materia tributaria y aduanera.
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