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Sentencia TFN IF-2021-88942933-APN-VOCXVII#TFN

El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando exista un perjuicio para el amparista originado por una demora excesiva imputable a los empleados administrativos en la tramitación de un trámite a cargo del s

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se examinó un recurso de amparo presentado por una empresa ante la presunta demora excesiva de la Dirección General de Aduanas en resolver un procedimiento administrativo iniciado hace más de 14 años. La controversia giró en torno al reconocimiento y devolución de presuntos derechos de exportación pagados en demasía y la falta de resolución definitiva en el expediente correspondiente. Se analizaron los antecedentes administrativos del caso, incluyendo solicitudes previas de pronto despacho y el estado de extravío de las actuaciones, además de la conducta de la administración aduanera frente a la tramitación del pedido. El Tribunal evaluó los requisitos para el otorgamiento del amparo, centrando su análisis en la existencia de un perjuicio derivado de la demora imputable al organismo administrativo y la necesidad de una pronta resolución para poner fin a la incertidumbre del recurrente.

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