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Sentencia TFN IF-2022-48202174-APN-VOCXVII#TFN

El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero procede cuando existe un perjuicio causado por la demora excesiva de la función administrativa en dictar una resolución definitiva que afecte el normal ejercicio de un derecho o ac

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo presentado ante el Tribunal Fiscal de la Nación por la presunta demora excesiva en la resolución de un procedimiento de repetición relacionado con la solicitud de devolución de derechos de exportación que se consideraban indebidamente abonados. El expediente administrativo objeto del reclamo se inició en 2020 y a lo largo del trámite se destacan variadas actuaciones, traslado entre dependencias aduaneras y requerimientos al solicitante para cumplir con formalidades como la adhesión a notificaciones electrónicas. El Tribunal examinó la admisibilidad del amparo, considerando los efectos de la demora administrativa, la existencia de un perjuicio concreto, el carácter del procedimiento de repetición y la actualidad de la controversia a partir de la resolución definitiva dictada durante la sustanciación del recurso. Además, se ponderaron circunstancias excepcionales vinculadas al contexto sanitario global, que impactaron en la operatividad de la administración y otros organismos, para su incidencia en la cuestión de costas. Así, se abordan cuestiones relacionadas con la procedencia del recurso de amparo por demora excesiva, el análisis de cuándo ese recurso deviene abstracto y la valoración de la excepcionalidad del contexto de pandemia para la asignación de costas.

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