Sentencia TFN INLEG-2022-140141617-APN-VOCVI#TFN
La infracción prevista en el artículo 45 de la Ley 11.683 consiste en la presentación de declaraciones juradas inexactas que implican la omisión de pago del impuesto correspondiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso analiza la aplicación de una multa por presentación de declaraciones juradas inexactas correspondientes al Impuesto al Valor Agregado relativas a varios períodos delimitados, detectadas durante una fiscalización que determinó la exclusión del contribuyente del Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes por haber excedido los ingresos brutos máximos permitidos. Se debatió la existencia de un error excusable generado por la consignación incorrecta del número de CUIT en la compra de mercadería, así como el carácter de la conducta tributaria de la parte, cuestionándose si existió dolo o negligencia culpable. También se examinó la procedencia de beneficios de condonación de multas previstos en la Ley 27.541 y sus modificaciones, atendiendo a la inscripción y condición de la contribuyente como pyme. El Tribunal evaluó los requisitos objetivos y subjetivos del ilícito tributario, el cumplimiento de formalidades legales, y la justificación probatoria del error invocado, a la vez que consideró la normativa aplicable sobre regularización y condonación de sanciones para determinar la legitimidad del beneficio solicitado.
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