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Sentencia TFN INLEG-2022-111036925-APN-VOCXIX#TFN

El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando se demuestra un perjuicio causado por la demora excesiva del servicio aduanero en la tramitación de un procedimiento administrativo, siempre que previamente se

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo presentado con el fin de obtener una pronta resolución por parte de la Dirección General de Aduanas (D.G.A.) en un trámite de solicitud de devolución de tributos por derechos de exportación que se encontraba sin movimiento útil durante más de un año y medio. La controversia giró en torno a la alegación de demora excesiva en el procedimiento administrativo, que afectaba el derecho al debido proceso y a la defensa, y a la exigencia del cumplimiento previo de la petición de pronto despacho ante la autoridad. Se examinó la legislación aplicable, en particular el artículo 1160 del Código Aduanero, que regula los supuestos y requisitos para la procedencia del amparo, y la jurisprudencia que reconoce el derecho a una resolución dentro de un plazo razonable como parte de la garantía constitucional de defensa en juicio. Asimismo, se valoraron las etapas y movimientos del expediente administrativo para determinar si se configuró la demora excesiva reclamada.

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