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AMPACET SOUTH AMERICA SRL c/Dirección General de Aduanas s/apelación

La corrección de errores materiales en las sentencias es procedente cuando no altera el contenido sustancial del pronunciamiento y tiene por objeto garantizar la correcta identificación y notificación del expediente.

Competencia

¿Qué se resolvió en el fallo?

El fallo aborda un error material en la identificación del número de expediente consignado en una sentencia previa relativa a un recurso de apelación contra la Dirección General de Aduanas. La controversia no se centra en el fondo del litigio aduanero, sino en la corrección de una inexactitud formal en la referencia documental del proceso, que afectaba la correcta individualización del caso en los registros y notificaciones oficiales. Se examinó la necesidad y procedencia de una aclaratoria dirigida a subsanar la enumeración errónea, considerando las formalidades que deben observarse para la validez del acto procesal y su adecuada comunicación a las partes interesadas. El Tribunal dilucidó bajo qué parámetros debe operarse la corrección de errores materiales en la documentación judicial sin alterar el contenido sustancial de la decisión previamente pronunciada.

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