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PIONEER ARGENTINA S.R.L. C/D.G.A s/Recurso de Apelación

El artículo 954 del Código Aduanero sanciona la declaración inexacta cuando existe una diferencia entre la declaración exigible ante la aduana y el resultado de la comprobación, que pueda producir un perjuicio fiscal o un ingreso o egreso distinto

Competencia Multa Costas Exportacion Valor en aduana

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se trata de una controversia sobre una fiscalización aduanera que detectó presuntas diferencias en los valores FOB declarados en exportaciones de maíz para siembra hacia Brasil, entre el valor declarado en Argentina y el valor consignado en la documentación brasileña, lo que motivó una investigación por posible triangulación comercial entre empresas vinculadas. La autoridad aduanera imputó la infracción prevista en el artículo 954 del Código Aduanero, por declaración inexacta que habría producido perjuicio fiscal y un ingreso o egreso distinto del que correspondía. Se analizaron aspectos probatorios, en particular la utilización del sistema INDIRA para detectar inconsistencias, la diferencia entre valor y precio en la valoración aduanera, y el alcance de la potestad sancionadora en materia administrativa. También se discutió la necesidad de seguir el procedimiento reglado para la determinación del valor en aduana y la configuración de la infracción, además del derecho de defensa y debido proceso en el trámite administrativo y en la etapa recursiva. El Tribunal examinó la diferencia entre declaración exigible y precio pactado, la suficiencia de la prueba para determinar la falsedad del precio, y las consecuencias jurídicas para el impuesto y la sanción aplicada.

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