Sentencia TFN IF-2022-96172282-APN-VOCXVII#TFN
El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando existe demora excesiva imputable a la administración aduanera que cause perjuicio en el ejercicio de derechos o actividades del particular.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra la demora atribuida a la Dirección General de Aduanas en la tramitación y resolución de un pedido de reintegro de derechos de exportación relacionado con un permiso de embarque específico. El planteo giró en torno a una presunta demora excesiva e injustificada que afectaba el derecho del actor a obtener una respuesta administrativa en un plazo razonable, configurando un perjuicio en la continuidad de su actividad comercial. Se examinaron antecedentes administrativos tales como el estado operativo del trámite en el sistema informático, la presentación de pedidos de pronto despacho ante aduanas distintas, y la aplicabilidad y requisitos del recurso de amparo previsto en el Código Aduanero. El tribunal abordó cuestiones relativas a la interpretación del cumplimiento de los plazos administrativos, la imputabilidad de la demora, y los procedimientos internos entre distintas jurisdicciones aduaneras, así como la valoración de las circunstancias fácticas y excepcionales que influyen en la tramitación del caso, incluyendo la complejidad del procedimiento y factores externos como la pandemia.
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