Sentencia TFN IF-2022-95413639-APN-VOCXV#TFN
El recurso de amparo por mora previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero procede cuando se verifica una demora excesiva imputable a los empleados administrativos en la tramitación de un procedimiento a cargo del servicio aduanero, previa solici
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo por mora presentado contra la Dirección General de Aduanas, vinculado a un procedimiento administrativo de repetición iniciado en 2014 para la devolución de derechos de exportación pagados en exceso. La cuestión central fue la demora excesiva alegada en la tramitación del pedido de devolución, considerando la norma del Código Aduanero que habilita el amparo ante dilaciones injustificadas en trámites aduaneros. Se examinó el desarrollo administrativo del expediente, la presentación de solicitudes de pronto despacho, la intervención de diversas áreas técnicas y la demora desde la presentación original hasta el momento del amparo. Se evaluaron los requisitos formales para la procedencia del amparo y la valoración de los actos administrativos realizados versus la alegación de mora, así como la conformidad con precedentes jurisprudenciales sobre cuándo existe demora excesiva imputable a la administración. El Tribunal confrontó posiciones sobre el carácter excepcional del recurso y la necesidad de proteger derechos fundamentales frente a la operatoria administrativa.
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