JOHNSON MATTHEY ARGENTINA SA c/DGA s/recurso de apelación
La carga de probar el cumplimiento de la obligación de reexportar la mercadería importada temporariamente recae sobre la parte importadora y debe demonstrarse fehacientemente mediante la descarga del DIT en los permisos de embarque o su importación p
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la validez de la Resolución que sancionó a una importadora por incumplimiento en el régimen de importación temporaria de mercaderías, objetando la falta de acreditación completa de la regularización de la situación aduanera mediante la reexportación o nacionalización. Se discutieron la interpretación y aplicación del Código Aduanero respecto a las multas y obligaciones tributarias derivadas del vencimiento del plazo de permanencia de la mercadería en régimen de importación temporaria sin el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Se examinaron también las pruebas documentales aportadas para acreditar la reexportación, la carga de la prueba, y la correcta aplicación y cálculo de multas, tributos e intereses, así como la exigibilidad de percepciones de impuestos conexos teniendo en cuenta precedentes jurisprudenciales y límites temporales establecidos por la Corte Suprema. El Tribunal evaluó la suficiencia y autenticidad de la documentación presentada, la proporcionalidad y graduación de las sanciones, y la procedencia de la revocación parcial de las percepciones impositivas, considerando la normativa vigente y precedentes judiciales sobre garantías constitucionales y límites al poder sancionatorio de la autoridad aduanera.
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