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Sentencia TFN INLEG-2022-132632771-APN-VOCVI#TFN

La obligación tributaria determinada de oficio por el organismo fiscal exime a la parte de presentar declaraciones juradas determinativas para esos períodos.

Iva Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que determinó de oficio la obligación tributaria en concepto de Impuesto al Valor Agregado correspondiente a varios períodos fiscales. La controversia giró en torno a la aplicabilidad de la regularización mediante planes de pagos amparados en la Ley de Alivio Fiscal nº 27.541 y sus modificaciones, la presentación o no de declaraciones juradas rectificativas y la vigencia de la obligación tributaria determinada. El Tribunal examinó si la presentación de declaraciones juradas determinativas era exigible tras una determinación de oficio y evaluó si el acogimiento a la ley mencionada implicaba desistimiento de derechos y recursos en trámite, teniendo en cuenta exclusiones normativas y la regularización efectiva de las obligaciones. Asimismo, se consideraron antecedentes administrativos, la vigencia de certificaciones como MiPyme y la ausencia de exclusiones al beneficio legal para resolver sobre el desistimiento tácito del reclamo y la regulación de honorarios profesionales.

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