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CHS DE ARGENTINA SA s/apelación

El artículo 1170 del Código Aduanero establece que notificadas las sentencias, las partes pueden solicitar aclaración solamente para que se aclaren conceptos oscuros, se subsanen errores materiales o se resuelvan puntos incluidos en el litigio y omit

Competencia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se examinó una solicitud de aclaración planteada respecto de una sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación que ordenó la remisión de un expediente a otra Vocalía para que se pronuncie sobre el fondo del asunto. La controversia gira en torno a la interpretación del objeto de dicha remisión y la claridad de la sentencia, analizando si cumple con lo previsto en el artículo 1170 del Código Aduanero sobre aclaración de sentencias. Se consideraron los antecedentes administrativos y judiciales relacionados con la causa original, así como los efectos procesales de la remisión dispuesta por el tribunal. El análisis se centró en determinar si existían conceptos oscuros, errores materiales o puntos omitidos en la sentencia que habilitaban la aclaración solicitada.

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