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SIDERAR S.A.I.C. c/ Dirección General de Aduanas s/recurso de apelación

Para determinar la validez del valor declarado en una importación debe atenderse a si el valor declarado coincide con el valor efectivamente pagado o por pagar por las mercancías importadas, conforme al método de valoración establecido en el artículo

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación interpuesto por una empresa contra una resolución administrativa que la sancionó por presunta infracción aduanera relacionada con la declaración y valoración de mercancías importadas. La controversia giró en torno a la exactitud del valor declarado en la importación de mineral, la posible manipulación o triangulación en el precio declarado, y la aplicación correcta de los métodos de valuación conforme al Acuerdo sobre el Valor de Aduana del GATT de 1994. Se revisaron las actuaciones administrativas previas, la carga de la prueba respecto del valor de transacción, y la jurisdicción para aceptar o rechazar los medios probatorios aportados. El Tribunal examinó, además, la procedencia del allanamiento del Estado Fiscal frente al recurso, los criterios para la imposición de costas, y la interpretación del principio in dubio pro reo en este contexto aduanero.

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