SILA ARGENTINA S.A. c/ Dirección General de Aduanas
El certificado de origen es un requisito sustancial e imprescindible para acreditar el origen de mercaderías en regímenes preferenciales y habilitar el goce de beneficios arancelarios intrazona.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la procedencia de una liquidación aduanera relacionada con la falta de presentación del certificado de origen para mercaderías importadas desde Brasil bajo un régimen preferencial en el marco del Acuerdo de Complementación Económica. El caso involucró una importación de materia prima vinculada a la fabricación de autopartes, donde la parte importadora garantizó los tributos correspondientes debido a retrasos y posterior imposibilidad de obtener el certificado de origen exigido. Se examinó si se podría acreditar el origen de la mercadería mediante pruebas distintas al certificado formalmente requerido y se analizaron las implicancias jurídicas de la falta de presentación de dicho certificado dentro de los procedimientos aduaneros y comerciales. El Tribunal abordó aspectos relativos a los requisitos sustanciales para el goce de beneficios arancelarios preferenciales y valoró la suficiencia de la prueba rendida para acreditar el origen de la mercadería importada.
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