Sentencia TFN INLEG-2023-128964245-APN-VOCVI#TFN
La falta de presentación de declaraciones juradas configurada en el artículo 45 de la Ley 11.683 requiere la concurrencia de dolo o culpa, y la culpa se presume, correspondiendo al contribuyente acreditar circunstancias exculpatorias concretas para q
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvirtió la aplicación de una multa por omisión en la presentación de declaraciones juradas y pago del Impuesto a las Ganancias para períodos fiscales específicos, en el contexto de una sociedad civil que desarrolla actividad de construcción de viviendas para sus socios. Se examinaron las características jurídicas y económicas de la sociedad, con énfasis en la discusión sobre la existencia o no de fines de lucro y la aplicabilidad del impuesto. También se analizó la base fáctica y probatoria relativa a la determinación de oficio del impuesto, la conducta imputada de omisión, los requisitos legales para la imposición de sanciones y la presunción de culpa, así como las pruebas ofrecidas y su valoración. El Tribunal evaluó criterios interpretativos relacionados con la configuración del hecho imponible, la calificación jurídica de la entidad y la aplicación normativa pertinente, revisando las presunciones, pruebas administrativas, y estándares de culpabilidad y eximentes en materia sancionatoria tributaria.
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