Sentencia TFN INLEG-2023-45598331-APN-VOCVI#TFN
Para la configuración de ganancias gravadas bajo la teoría de la fuente, se requiere la periodicidad de la renta, la permanencia de la fuente que las produce y su habilitación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvirtió la determinación fiscal que ajustó la obligación tributaria por Impuesto a las Ganancias de los ejercicios fiscales 2012 y 2013, imputando gravabilidad a las rentas derivadas de la venta de acciones de un conjunto de sociedades vinculadas a la explotación de discotecas para turismo estudiantil y otros emprendimientos. Se analizó el proceso de acumulación, dirección y posterior enajenación escalonada y contractual del activo empresario concentrado por el contribuyente durante aproximadamente 25 años, incluyendo evidencias documentales, testimoniales y periciales contables, disputándose la interpretación del artículo 2° de la Ley de Impuesto a las Ganancias relativo a la definición de ganancias gravables y la aplicación del principio de realidad económica. El Tribunal examinó aspectos relacionados con la periodicidad, permanencia y habilitación de la fuente generadora de renta, así como la existencia o no de ánimo especulativo en las operaciones de compra-venta accionaria, valorando las pruebas aportadas y la caracterización del carácter empresarial y estratégico de las transferencias accionariales en el lapso cuestionado.
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