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con fecha 26/07/2021, por la Sección Recepción y Registro Documental, a partir del pedido de devolución de derechos de exportación presentado por EXTRABERRIES DE CONCORDIA S.A. en relación al PE 18073ES01000102R. En la misma fecha dicha Sección Recep

La demora excesiva en tramitación administrativa constituye causal para interponer recurso de amparo ante el Tribunal Fiscal únicamente cuando haya transcurrido un plazo razonable posterior a la solicitud de pronto despacho sin que la administración

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió un recurso de amparo por demora excesiva en la tramitación de un procedimiento administrativo iniciado para la devolución de derechos de exportación pagados indebidamente, cuyo trámite se prolongó desde 2021 ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Dirección General de Aduanas (DGA). La cuestión central fue determinar si la presunta demora en resolver el pedido justificaba la intervención judicial vía amparo, conforme a lo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero, tras haberse solicitado el pronto despacho administrativo. El Tribunal analizó el historial del trámite, las fases procesales cumplidas y las notificaciones a la parte reclamante, evaluando si la administración aduanera había insuficientemente impulsado el expediente o si la demora estaba justificada por las etapas de sustanciación y requerimientos formales a la recurrente. Además, se revisaron los estándares legales aplicables a la vía del amparo por mora, su alcance en materia aduanera, y se estimó la existencia o no de vulneración de derechos constitucionales por eventual paralización arbitraria del procedimiento.

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