Construcciones El Ombú S.A s/apelación
Las presunciones previstas en el artículo 18 de la ley 11.683 constituyen una facultad de la Administración Tributaria para practicar determinaciones estimativas cuando el contribuyente no presenta documentación suficiente o veraz para respaldar sus
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación contra determinaciones de oficio por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos respecto de obligaciones en impuestos a las ganancias e impuesto al valor agregado para el período fiscal 2005. La controversia gira en torno a la incertidumbre sobre la veracidad y respaldo documental de los gastos y créditos fiscales declarados, agravada por la supuesta destrucción de libros y registros contables fundamentales debido a una inundación. Se examina la procedencia del método presuntivo utilizado por la Administración para reconstruir las bases imponibles, tomando como base promedios y márgenes de utilidad de terceros y la validez de las presunciones aplicadas conforme a la ley. Se evalúa además la aptitud probatoria de la documentación aportada en la etapa recursiva y el derecho a ofrecer y producir prueba pericial, así como la valoración de indicios y la carga de la prueba en el procedimiento de fiscalización, determinación de oficio y en el proceso administrativo tributario.
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