EX-2023-12322512-APN-SGASAD#TFN (HTI CONO SUR SA)
El auto de apertura del sumario administrativo interrumpe el cómputo del plazo de prescripción para la acción aduanera incluso sin que sea obligatorio su notificación a la parte involucrada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvierte la validez y efectos de un procedimiento administrativo incoado por presunta infracción aduanera relacionada con la destinación de importación temporaria, cuya infracción habría ocurrido en 2008. El debate se centra en la supuesta nulidad del acto de apertura del sumario administrativo por incumplimiento de requisitos formales, la omisión de notificación del auto de apertura y la prescripción de la acción para exigir tributos y multas. Asimismo, se discute la aplicabilidad de la doctrina del plazo razonable y las consecuencias de la notificación tardía de la resolución administrativa. El Tribunal analiza, entre otros asuntos, los plazos de prescripción establecidos en el Código Aduanero, la interrupción y suspensión de dichos plazos por actos administrativos y el cumplimiento de garantías procesales y de debido proceso dentro del procedimiento aduanero, considerando normativa interna y jurisprudencia aplicable. Se evalúa la regularidad formal del procedimiento y la competencia administrativa para subsanar eventuales defectos antes de avanzar con la exigencia tributaria.
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