LUPAZA S.A. s/recurso de apelación
El acogimiento al régimen de regularización previsto en la Ley 27.653 impone la obligación de desistir de toda acción y derecho, incluso el de repetición, como condición para la validez de la regularización.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación contra determinaciones de oficio del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto al Valor Agregado correspondientes a períodos fiscales 2015 y 2016, que fueron incluidos y regularizados mediante un plan de facilidades de pago dentro del régimen de alivio fiscal previsto por la Ley 27.653, implementado para mitigar el impacto económico de la pandemia de COVID-19. Se examinan cuestiones sobre la procedencia del desistimiento de la acción relacionada con dichas obligaciones, así como la condonación de intereses resarcitorios excedentes más allá del límite previsto en el régimen legal. Además, se considera la evaluación sobre si la adhesión a planes de pagos aún vigentes pero no completamente cancelados posibilita acceder a beneficios de condonación, tomando en cuenta el régimen normativo que establece condiciones estrictas para la cancelación total de la deuda como requisito para extinción o condonación de acciones y sanciones imputadas. El Tribunal analiza el marco ley 27.653 en conexión con las disposiciones de la ley 27.541 y sus modificaciones, interpretando los efectos jurídicos sobre la suspensión, extinción y eventual reanudación de las acciones penales tributarias, y la relevancia del cumplimiento efectivo del pago en el otorgamiento de beneficios fiscales.
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