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MERUVIA HIGUERA VIDAL c/ D.G.A. s/recurso de apelación

El dinero en efectivo en moneda extranjera que exceda el monto permitido por vía de equipaje constituye mercadería no admitida en tal carácter y configura infracción aduanera conforme al artículo 979 del Código Aduanero.

Competencia Multa Costas Comiso

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impone una multa y comiso por transportar en equipaje una suma de dinero en efectivo en moneda extranjera que excede el monto permitido por la normativa aduanera vigente. Se examina el régimen legal aplicable a la exportación de dinero en efectivo mediante equipaje, la interpretación del artículo 979 del Código Aduanero y su aplicación en caso de incumplimiento del límite máximo permitido. Se debaten la validez del comiso y multa, así como la relevancia del desconocimiento de la ley por parte del viajero y el cálculo correcto de la multa considerando la parte de dinero permitida y la parte que excede la limitación. El Tribunal analiza la caracterización jurídica de la infracción, las normas reglamentarias aplicables y la correcta aplicación de los montos multados y decomisados a efectos de resolver sobre la procedencia y alcance de la sanción aduanera.

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