TRIVENTO BODEGAS Y VIÑEDOS S.A. c/ DGA s/ recurso de apelación
El auto de apertura de sumario aduanero debe cumplir con todos los requisitos formales y materiales establecidos en el artículo 1094 del Código Aduanero para ser válido y surtir efectos de suspensión o interrupción de la prescripción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el presente caso se analizó la validez del auto de apertura de sumario administrativo dictado en el marco de un procedimiento aduanero por presunta infracción al régimen de importación temporal. Se discutió la procedencia de la multa y el cobro de tributos adeudados, cuestionándose la suficiencia y oportunidad de las pruebas aportadas respecto a la reexportación de la mercadería. Asimismo, el Tribunal examinó la configuración de la prescripción de la acción del fisco para imponer sanciones y cobrar tributos, centrando el análisis en si el auto de apertura cumplía con los requisitos formales y materiales que le otorgan efectos interruptivos o suspensivos a la prescripción. Se evaluaron también criterios jurisprudenciales sobre la importancia de la liquidación de tributos en el momento inicial del sumario y la interpretación exhaustiva de las normas aduaneras aplicables al procedimiento.
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