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NOVARTIS ARGENTINA S.A. c/ DGA s/ recurso de apelación

La obligación principal del régimen de importación temporaria es la reexportación de la mercadería dentro del plazo otorgado, conforme al artículo 250 del Código Aduanero.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza la legalidad de una resolución administrativa que sanciona a una empresa y su aseguradora por infracción del régimen de importación temporaria aduanera, consistente en la presunta falta de reexportación total de mercadería importada. Se examina la documentación presentada para acreditar el cumplimiento de la obligación de reexportación dentro del plazo legal, especialmente la relación entre insumos importados y productos exportados certificada mediante el Certificado de Tipificación y Clasificación (CTC). El Tribunal revisa también la carga de la prueba y las exigencias formales para fundamentar la resolución administrativa sancionatoria, así como el contenido y motivación del acto administrativo cuestionado.

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