SADESA S.A. s/ RECURSO DE AMPARO
El amparo por demora administrativa, regulado en el artículo 1160 del Código Aduanero, procede cuando se acredita un perjuicio causado por una demora excesiva y el solicitante ha realizado previamente una petición de pronto despacho sin que el trámit
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo presentado por una empresa contra la demora excesiva del servicio aduanero en resolver una solicitud administrativa de devolución de tributos abonados en exceso vinculados a una operación de exportación. La empresa argumentó que había transcurrido un tiempo desproporcionado sin una resolución definitiva, tras haber cumplido con los requisitos y haber solicitado el pronto despacho correspondiente. La representación fiscal sostuvo que el procedimiento se encontraba en estudio conforme a derecho. El Tribunal examinó si la dilación excedía los plazos razonables establecidos por el Código Aduanero para realizar trámites o diligencias administrativas y si, además, la empresa había cumplido con la exigencia previa de solicitud de pronto despacho. Se ponderaron pruebas documentales y la práctica administrativa, incluyendo las intimaciones repetidas para subsanar formalidades, así como la ausencia de movimientos efectivos en el expediente aduanero, evaluando la razonabilidad y buena fe en la gestión administrativa. Asimismo, se consideró la interpretación doctrinaria y jurisprudencial acerca del amparo por demora y sus requisitos, el principio republicano de racionalidad en los actos administrativos y la afectación al derecho de propiedad derivada de la incertidumbre generada por la espera prolongada.
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