Sentencia TFN INLEG-2025-20708860-APN-VOCXXI#TFN
El sólo hecho de la vinculación entre comprador y vendedor no es suficiente para desestimar el valor de transacción; debe acreditarse que dicha vinculación incide realmente en el precio pactado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la legalidad de un ajuste de valor aduanero aplicado a importaciones realizadas durante el período 2007-2010, basado en la presunción de que la vinculación entre comprador y vendedor influyó en el precio declarado. Se cuestionó la falta de motivación suficiente y la ausencia de documentación completa que sustentara el rechazo del valor de transacción declarado, específicamente la inexistencia de antecedentes comprobables y detallados sobre mercaderías idénticas utilizadas para la comparación que permitiera sostener el ajuste. El Tribunal examinó la aplicación del Acuerdo de Valoración del GATT, evaluó la carga probatoria, el respeto al debido proceso y el derecho de defensa, así como la necesidad de fundamentos técnicos suficientes para apartarse del valor declarado, concluyendo en la insuficiencia de los elementos aportados para validar el ajuste. Además, se abordaron objeciones sobre la adecuación del procedimiento de valoración y la correcta aplicación de criterios internacionales y normativos nacionales.
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