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OLEAGINOSA MORENO HERMANOS S.A.C.I.F.I.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación

Las prohibiciones a la importación o exportación previstas en el artículo 954, apartado 1, inciso b) del Código Aduanero deben estar expresamente establecidas en normas complementarias para configurar una infracción.

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impuso una multa a una firma exportadora y a un despachante de aduana, por una supuesta infracción del Código Aduanero relacionada con discrepancias entre la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), el contrato de compraventa y la declaración de exportación efectuada. El Tribunal examinó los documentos contractuales, las modificaciones posteriores (addendum), los precios, cantidades y destinos declarados, y las disposiciones legales vinculadas, especialmente la Ley 21.453 y el Código Aduanero. Se debatió la interpretación sobre si la discrepancia en la documentación representa una infracción aduanera que configura la exportación de mercadería prohibida y la responsabilidad del despachante aduanero en tales circunstancias. El Tribunal analizó la normativa aplicable respecto a las prohibiciones de exportación, los requisitos de registro de ventas al exterior y la responsabilidad profesional del despachante, estableciendo criterios para determinar cuándo existe o no la comisión de la infracción imputada.

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