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LLORENTE FEDERICO s/ recurso de amparo

Para la procedencia del amparo por demora ante el Tribunal Fiscal de la Nación se requieren: perjuicio al amparista, demora excesiva atribuible al fisco y presentación de pronto despacho sin respuesta en 15 días.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra la presunta demora excesiva de la administración tributaria en la devolución de percepciones sufridas por la compra de moneda extranjera durante varios períodos fiscales del año 2023. Se examinaron las presentaciones de formularios fiscales, prontas respuestas y la respuesta administrativa respecto a los estados de las solicitudes de devolución, incluyendo fechas de aprobación y acreditación en cuenta bancaria. El Tribunal evaluó la aplicabilidad de plazos razonables para la tramitación ante la ausencia de un plazo específico en la norma reglamentaria, así como la imputabilidad de la demora a la administración. Se determinó la necesidad de considerar el momento en que el contribuyente efectivamente puede disponer de los fondos como criterio para la finalización del trámite de devolución. También se tuvo en cuenta la regulación legal aplicable al trámite de amparo por demora y los alcances de la potestad resolutiva del Tribunal en estos casos.

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