ECOFRUT S.A. c/D.G.A. s/Recurso de apelación
Cuando un poder general otorgado para actuar en juicios faculta expresamente a presentar recursos administrativos, dicho poder se entiende válido para representar a la parte ante la administración aduanera, aunque no mencione específicamente a la Dir
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la validez y alcance de un poder general presentado como acreditación de personería para representar a una empresa ante la Dirección General de Aduanas (DGA) en un procedimiento administrativo de impugnación. La controversia giró en torno a si un poder que expresamente faculta a actuar en todo tipo de juicios y a presentar recursos administrativos confiere la representación válida y suficiente para actuar en sede administrativa aduanera, pese a no mencionar específicamente a la DGA o a la AFIP. Se cuestionó la interpretación restrictiva de la administración aduanera que rechazó la personería por considerar que el poder solo autorizaba representación judicial, y se examinaron los principios de legalidad y derecho de defensa, así como el principio in dubio pro actione y la protección del acceso a la justicia. El Tribunal se abocó a evaluar la amplitud del mandato conferido, la correcta aplicación de los artículos 1030, 1031 y 1033 del Código Aduanero, y el respeto a las garantías constitucionales en materia de representación y procedimiento administrativo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: