MASIERO JUAN CARLOS y otro c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/recurso de apelación
La fuerza de seguridad nacional, como la Gendarmería Nacional, posee facultades para actuar como autoridad auxiliar en materia aduanera dentro de su jurisdicción y horas habilitadas, pudiendo confeccionar actas de procedimiento válidas para controles
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un recurso de apelación contra una resolución que impuso una multa y dispuso el comiso de mercadería por hallarse ésta oculta en un medio de transporte sin pronta declaración ante el servicio aduanero. La controversia principal se centró en la validez del acta de procedimiento confeccionada por personal de Gendarmería Nacional, la correcta aplicación de normas aduaneras específicas, y el lugar donde se encontró la mercadería en el vehículo. Se analizaron los alcances de las facultades de las fuerzas de seguridad en controles aduaneros, los presupuestos legales que configuran la infracción aduanera en cuestión y las pruebas respecto a la ubicación y características de la mercadería. El Tribunal evaluó la interpretación y aplicación del artículo 962 del Código Aduanero en cuanto a mercadería oculta o en acceso reservado a la tripulación, y discutió la entidad jurídica y funcional del servicio aduanero para delimitar competencias y procedimientos adecuados en la constatación de infracciones aduaneras.
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