ESAT S.A. c/ DGA s/ recurso de apelación
En los regímenes de importación temporaria, corresponde a los beneficiarios la carga de la prueba para demostrar fehacientemente, mediante documentación aduanera pertinente, el cumplimiento de la obligación de reexportar la mercadería dentro del plaz
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso se centra en la evaluación de la responsabilidad de una importadora y su aseguradora por una presunta infracción al régimen de importación temporaria, consistente en la obligación de reexportar mercadería importada temporalmente dentro del plazo establecido. Se analiza la imposición de multas y cargos tributarios por supuestamente no haber cumplido con dicha obligación. La cuestión jurídica principal gira en torno a la carga de la prueba acerca del cumplimiento de la reexportación en término, la aplicación del régimen aduanero y la interpretación del Certificado de Tipificación y Clasificación (CTC) vinculante para la relación insumo-producto, cuya adecuada acreditación es esencial para que la Aduana pueda verificar la correcta reexportación de los insumos importados. Además, se considera el estándar de motivación exigible para los actos administrativos y la suficiencia de la fundamentación en la resolución cuestionada.
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