SANTA CRUZ, Oscar Mario s/ incidente
El beneficio de litigar sin gastos está fundado en las garantías constitucionales de la defensa en juicio y la igualdad ante la ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la solicitud para obtener el beneficio de litigar sin gastos, que exime del pago de la tasa establecida por la Ley Nº 25.964 y de otros gastos procesales. Se analizaron los antecedentes administrativos presentados, en particular documentación financiera limitada (subdiarios IVA y formulario F.931) y su insuficiencia para acreditar la situación de pobreza que exige el Código Procesal Civil y Comercial. El Tribunal examinó la fundamentación constitucional del beneficio, basado en las garantías de defensa en juicio e igualdad ante la ley, y evaluó la interpretación doctrinaria y jurisprudencial relativa al alcance restrictivo y excepcional del instituto, así como la necesidad de acreditar fehacientemente la falta de recursos económicos aptos para afrontar los gastos del litigio.
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