PROCTER & GAMBLE ARGENTINA S.R.L. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
Para realizar un ajuste de valor en aduana por cánones o derechos de licencia según el artículo 8 del Acuerdo del GATT/OMC, deben concurrir simultáneamente tres requisitos: que los cánones estén relacionados con las mercancías importadas, que su pago
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió un ajuste de valor aduanero aplicado a importaciones realizadas durante 2010 y 2011, basado en la inclusión de cánones o regalías relacionados con derechos de propiedad intelectual supuestamente no incorporados en el precio declarado. Se analizaron los contratos vinculados, la existencia y cuantificación objetiva de la condición de venta asociada al pago de regalías, y la vinculación entre los proveedores y la importadora. También se evaluaron aspectos sobre la procedencia del ajuste conforme al artículo 8 del Acuerdo de Valoración del GATT/OMC, la jurisprudencia aplicable y las pruebas administrativas recabadas. El Tribunal examinó la concurrencia simultánea de los tres requisitos legales para realizar un ajuste: relación de los cánones con las mercaderías, condición de venta y exclusión del importe del precio declarado, así como la necesidad de que dicha condición sea objetiva y cuantificable, descartando ajustes basados en meras estimaciones o presunciones.
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