MOLINO FLORENCIA SAU c/ DGA s/ recurso de apelación
La Administración Nacional de Aduanas es competente para instruir procedimientos e imponer sanciones por incumplimientos al artículo 9° de la Ley 21.453, conforme al Decreto 1177/92 y Resolución General 4799/21 que establecen la aplicación del proced
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia y legalidad de una multa aplicada a una empresa exportadora por la falta de cumplimiento en la exportación de al menos el 90% de la mercadería declarada en una Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), conforme a lo previsto por la Ley 21.453. Se examinaron las alegaciones relativas a la improcedencia de la sanción por presunta incompetencia de la autoridad aduanera para imponer la multa, así como la invocación de un supuesto hecho sobrevenido y la existencia de dos declaraciones juradas vinculadas a una misma operación. Asimismo, se consideró la correcta aplicación del régimen sancionatorio, la existencia o no de causas de fuerza mayor o caso fortuito que justificaran el incumplimiento, y la vigencia del principio de la ley penal más benigna en el ámbito aduanero. El Tribunal evaluó la normativa aplicable, incluyendo la Ley 21.453, su decreto reglamentario, el Código Aduanero y resoluciones generales vinculadas, y analizó la documentación aportada, la valoración de la prueba y la doctrina jurisprudencial, para determinar la competencia del organismo de aplicación y la correcta graduación de la multa.
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