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MAPFRE ARGENTINA SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA s/ recurso de amparo

El recurso de amparo por demora previsto en el artículo 182 de la ley 11.683 es procedente sin limitación respecto al tipo de trámite o diligencia que se reclame, debiéndose interpretar los términos trámite y diligencia en un sentido amplio confo

Ganancias Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo por demora excesiva interpuesto en virtud del artículo 182 de la ley 11.683, frente a la presunta tardanza de la administración fiscal en resolver una solicitud de devolución de pagos indebidos por Impuesto a las Ganancias correspondientes a varios períodos fiscales. Se discutió la procedencia de la vía procesal elegida para reclamar la demora, contraponiendo la acción de amparo con la acción de retardo prevista en el artículo 81 de la misma ley. El Tribunal examinó la naturaleza del trámite administrativo, los movimientos internos dentro de la administración, la duración del procedimiento y la justificación brindada respecto a complejidad técnica, reestructuraciones internas y análisis legal requerido. Además, se ponderó la definición y alcance de los términos "trámite" y "diligencia" en el contexto normativo, valorándose si la conducta de la administración configuraba una demora excesiva imputable que perjudicara el ejercicio de derechos por parte del contribuyente.

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