ASEGURADORA DE CRÉDITOS Y GARANTÍAS S.A. C/DGA S/ Recurso de Apelación
El auto de apertura de sumario debe cumplir en forma completa y simultánea con todos los requisitos establecidos en el artículo 1094 del Código Aduanero para ser válido y tener efectos suspensivos de la prescripción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se cuestionó la validez de la Resolución que impuso una multa y cargos tributarios relacionados con una presunta infracción al régimen de importación temporaria. La controversia se centró en la nulidad del auto de apertura de sumario administrativo, debido a la falta de cumplimiento de requisitos legales esenciales, tales como la liquidación y aforo de la mercadería en tiempo adecuado, elementos imprescindibles para la validez del procedimiento. Asimismo, se discutió el efecto de la prescripción de la acción fiscal para perseguir el cobro de tributos derivados de dicha infracción, evaluando si el procedimiento administrativo respetó los plazos legales y las formalidades que suspenden o interrumpen la prescripción. El Tribunal examinó la interpretación y aplicación de los artículos pertinentes del Código Aduanero, en especial el art. 1094, que establece los requisitos del auto de apertura de sumario, y los arts. 803 y 805, relativos a la prescripción y sus suspensiones, con la finalidad de determinar la legalidad del acto administrativo y la vigencia o caducidad de la acción fiscal.
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