TALLARICO ALICIA BEATRIZ s/ apelación
El acogimiento al régimen de regularización excepcional previsto en la ley 27.260 exige la renuncia incondicional del deudor a toda acción y derecho relacionados con las obligaciones regularizadas, incluyendo el derecho de repetición.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la apelación contra una resolución que determinó de oficio el Impuesto a las Ganancias correspondiente a un período fiscal específico, incluyendo la imposición de intereses y multas. Se examinó la regularización de la deuda mediante un plan de facilidades de pago previsto en la ley 27.260, con especial atención a las condiciones y beneficios que implica dicho régimen, así como a las causales de exclusión. También se consideró la renuncia expresa a las acciones y derechos por parte del contribuyente, incluyendo el derecho de repetición. El Tribunal evaluó el marco legal aplicable, particularmente la aplicación del régimen especial de regularización, sus efectos sobre la exención o condena en costas, y la interpretación de las normas en función de principios generales y específicos del ordenamiento tributario y procesal.
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